Documentación para trámite de sepultación
Proceso que se debe realizar para la sepultación de un fallecido.
- Trámite realizado por titular de la sepultura:
- Los documentos que debe presentar son:
- Cédula de identidad del titular.
- Certificado Médico de Defunción
- Cédula de identidad del fallecido (también pueden utilizarse libreta de matrimonio, certificado de nacimiento.)
- Nombre y teléfono de funeraria.
- Si la sepultura fue comprada hace menos de un mes se debe presentar copia del contrato, comprobante de pago y asignación de sepultura.
- Los documentos que debe presentar son:
- Trámite realizado por un tercero:
- Los documentos que debe presentar son:
- Poder simple del titular para la realización del trámite y copia cédula de identidad del titular.
- Certificado Médico de Defunción.
- Cédula de identidad del fallecido (también pueden utilizarse libreta de matrimonio, certificado de nacimiento.)
- Nombre y teléfono de funeraria.
- Cédula de identidad de quien realiza el trámite.
- Los documentos que debe presentar son:
- Trámite realizado por un tercero (familiar o heredero) cuando titular se encuentra fallecido:
- Los documentos que debe presentar son:
- Documento de acreditación de parentesco (libreta de familia o certificado de nacimiento) entre la persona que realiza el trámite y el titular de la sepultura.
- Certificado Médico de Defunción.
- Cédula de identidad de fallecido (también pueden utilizarse libreta de matrimonio, certificado de nacimiento).
- Nombre y teléfono de funeraria.
- Cédula de identidad de quien realiza el trámite.
- Los documentos que debe presentar son:
- Además, al momento de realizar el trámite deberá informar:
- Hora y fecha de fallecimiento
- Tamaño de la urna (medidas)
Importante;
- Pagos de sepultura, mantención y sus anexos deben estar al día al momento del trámite de sepultación.
- La sepultación de un cuerpo debe realizarse posterior a las 24 horas y antes de las 48 horas del fallecimiento, según lo establecido en el Reglamento General de Cementerios.
- El horario de sepultación se definirá de acuerdo con la disponibilidad de horarios de Administración Parque al momento de realizar el trámite de sepultación.
Aranceles de sepultación
| Primera sepultación.
En caso de que la sepultación se realice fuera del horario establecido, este tendrá un recargo del 50% en el arancel de sepultación (esto es, previo a las 10:00 y posterior las 16:00 horas) |
UF 11,00 + IVA |
| Segunda sepultación y siguientes.
En caso de que la sepultura se realice fuera del horario establecido, este tendrá un recargo del 50% en el arancel de sepultación (esto es, previo a las 10:00 y posterior las 16:00 horas). |
UF 13,00 + IVA |
| Primera sepultación.
En caso de que la sepultación se realice fuera del horario establecido, este tendrá un recargo del 50% en el arancel de sepultación (esto es, previo a las 10:00 y posterior las 16:00 horas). |
UF 11,00 + IVA |
| Segunda sepultación y siguientes.
En caso de que la sepultación se realice fuera del horario establecido, este tendrá un recargo del 50% en el arancel de sepultación (esto es, previo a las 10:00 y posterior las 16:00 horas). |
UF 13,00 + IVA |
| Los servicios de funerales fuera del horario de sepultación establecido, pagará un recargo equivalente al 50% del valor del servicio de sepultación. |